español

Responsive image

La Autoridad Bancaria Europea (ABE) es una autoridad independiente de la UE que trabaja para garantizar un nivel efectivo y coherente de regulación y supervisión prudencial en todo el sector bancario europeo. Sus objetivos generales son mantener la estabilidad financiera en la Unión Europea (UE) y velar por la integridad, la eficiencia y el correcto funcionamiento del sector bancario.

La ABE forma parte del Sistema Europeo de Supervisión Financiera (SESF), que está compuesto por tres autoridades de supervisión: la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA). El sistema también abarca a la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS), así como al Comité Mixto de las Autoridades Europeas de Supervisión y las autoridades nacionales de supervisión.

Misiones y tareas

Aunque las autoridades nacionales de supervisión (y próximamente el Banco Central Europeo para los países que participan en el nuevo mecanismo único de supervisión, pilar fundamental de la denominada «unión bancaria») siguen siendo las encargadas de supervisar a las distintas instituciones financieras, la función de la ABE es mejorar el funcionamiento del mercado interior asegurando una supervisión y una regulación adecuadas, eficientes y armonizadas a escala europea.

El cometido principal de la ABE es contribuir, mediante la adopción de guías y normas técnicas vinculantes, a la creación del código normativo único para el sector bancario. El código normativo único tiene por objeto proporcionar un conjunto único de normas prudenciales armonizadas para las instituciones financieras de toda la UE, contribuyendo a crear unas condiciones de competencia equitativas y ofreciendo un alto grado de protección a los depositantes, los inversores y los consumidores.

La Autoridad también desempeña un importante papel en el fomento de la convergencia de las prácticas de supervisión con vistas a garantizar una aplicación armonizada de las normas prudenciales. La ABE se encarga, asimismo, de evaluar los riesgos y las vulnerabilidades del sector bancario de la UE, en particular mediante informes periódicos de evaluación de riesgos y pruebas de resistencia a nivel paneuropeo.

Otras tareas establecidas en el mandato de la ABE son la investigación de las deficiencias en la aplicación del Derecho de la UE por las autoridades nacionales, la toma de decisiones en situaciones de emergencia, la mediación en los casos de desacuerdo entre las autoridades competentes en situaciones transfronterizas y el ejercicio de la función de órgano asesor independiente ante el Parlamento Europeo, el Consejo o la Comisión.

Organización

La representación exterior de la ABE corresponde a su Presidente, que también se encarga de preparar el trabajo y dirigir los debates celebrados en las reuniones de la Junta de Supervisores. Un Director Ejecutivo prepara las reuniones del Consejo de Administración y asegura la labor operativa cotidiana de la Autoridad.

Los dos órganos rectores de la ABE son:

  • La Junta de Supervisores, que es el principal órgano encargado de la toma de decisiones de la Autoridad. Adopta todas las decisiones normativas de la ABE, como la aprobación de proyectos de normas técnicas, guías, dictámenes e informes.
  • El Consejo de Administración, cuya función es velar por que la Autoridad lleve a cabo su misión y ejerza las tareas que le han sido asignadas. A este respecto, está facultado para proponer, entre otras cosas, el programa de trabajo anual, el presupuesto anual, el plan de política de personal y el informe anual.

    La ABE colabora estrechamente con las demás autoridades de supervisión europeas, en el marco del Comité Mixto, en relación con asuntos de importancia intersectorial. Por último, a fin de proteger de manera eficaz los derechos de las partes afectadas por las decisiones que adopta la ABE, se ha establecido una Sala de Recurso.

    Proceso de trabajo

    Al objeto de asegurar que la ABE lleve a cabo sus tareas y mandatos de un modo eficaz y transparente, todos los documentos elaborados por la Autoridad se debaten en grupos de trabajo técnicos y comités permanentes, en los que las autoridades nacionales pueden realizar aportaciones. Asimismo, la ABE coopera habitualmente con otros órganos e instituciones en la ejecución de su mandato.

    Cuando procede, se llevan a cabo consultas públicas abiertas en relación con los productos normativos (normas técnicas, directrices, etc.) a fin de asegurar que todas las partes interesadas puedan contribuir a las futuras normas y directrices sobre el sector bancario.

    La Autoridad también recaba observaciones y asesoramiento del Grupo de partes interesadas del sector bancario, un órgano establecido en el Reglamento de la ABE con el fin de facilitar la consulta con las partes interesadas. Por último, cuando corresponde, la ABE lleva a cabo análisis de costes y beneficios en relación con todas las propuestas. La Junta de Supervisores aprueba, tras una votación, los productos finales.

    Enlaces relacionados

    Resumen del informe anual

    Reglamento de base de la ABE

    Las guías y recomendaciones de la ABE se han traducido a todos los idiomas y están disponibles en la sección «Reglamentación y política»

    Si tiene problemas con una institución financiera y busca ayuda e información, visite nuestro rincón del consumidor (disponible solo en inglés)